Términos y condiciones

 

§ 1 General

  Nuestros términos y condiciones generales son de aplicación a todas las entregas y servicios, también las futuras. Se aplican exclusiva y únicamente a los empresarios, tal y como se definen en § 24 AGBG. No aceptamos ningunos términos y condiciones impuestos por el cliente que se desvíen de o contradigan estos términos, salvo que expresamente aceptemos su validez por escrito. Nuestros términos y condiciones generales también serán de aplicación en caso de que realicemos entregas o prestemos servicios sin formular reservas, conociendo dichos términos y condiciones distintos o contradictorios.


§ 2 Presupuestos

  Nuestros presupuestos estarán siempre sujetos a cambios, sin necesidad de notificación previa. Los datos informativos e.g. imágenes, descripciones, datos técnicos y especificaciones impresas en un folleto, listas de precios, catálogos, circulares y otros materiales impresos o datos incluidos en la documentación adjunta al presupuesto, así como los datos informativos incluidos en soportes electrónicos de almacenamiento de datos e.g. CD-ROMs o páginas de Internet, no serán vinculantes. No se asume responsabilidad alguna por la exactitud de los datos técnicos y otras especificaciones. Nos reservamos el derecho a realizar alteraciones técnicas. El cliente aceptará cualesquiera desviaciones, en la medida en la que se pueda razonablemente esperar que lo haga.


§ 3 Aceptación de pedidos

  Los pedidos cursados serán vinculantes para el cliente. Dicho compromiso pasará a obligarnos a nosotros únicamente tras la aceptación explícita por escrito del presupuesto (acuse de pedido). Es posible que omitamos el acuse de pedido en casos de entrega inmediata.


§ 4 Precios y condiciones de pago

(1) Nuestros precios son netos ex-almacén, incluyendo el embalaje normal, y excluyendo el transporte. Todos los precios y gastos incurridos, especialmente los gastos de transporte, serán cargados en base a la lista de precios válida en el momento de celebración del contrato. Los descuentos deberán acordarse de forma separada.
(2) Nuestros precios no incluyen IVA. Dicho IVA figurará de forma separada en la factura, al tipo aplicable en la fecha de la factura.
(3) Nos reservamos el derecho a modificar nuestros precios en la forma correspondiente, en caso de que nuestros sub-proveedores modifiquen sus precios tras la celebración del contrato, si aún no se haya procedido a realizar el envío en la fecha de entrega acordada. A petición del cliente, documentaremos los cambios de precio implementados por nuestros sub-proveedores.
(4) Los pagos deberán realizarse a 30 días fecha factura, en efectivo y sin deducciones. Si el cliente se demorase en el pago, estaremos autorizados a cobrar intereses de demora por importe de un 5% por encima de tipo de interés básico del Banco Central Europeo, salvo que el cliente pueda probar que no se han producido daños por su demora en el cumplimiento, o que dichos daños son considerablemente inferiores. Nos reservamos el derecho a interponer reclamaciones por daños causados por demoras en el cumplimiento.
(5) Sólo será admisible la compensación en caso de contrarreclamación respecto de la cual no exista disputa alguna, y tenga eficacia legal. El cliente tampoco gozará de derecho de retención alguno en base a contrarreclamaciones que sean objeto de disputa.
(6)

Todas nuestras reclamaciones, incluidas aquellas respecto de las cuales hayamos aceptado letras de cambio o respecto de las cuales se haya acordado un pago a plazos serán inmediatamente pagaderas. Cualquier aplazamiento del pago será nulo, de no observarse la fecha exigida del pago para la liquidación de una reclamación, o si el cliente se demorase en el pago o si el cliente iniciase un procedimiento concursal, o si el cliente realizase una promesa de divulgación de su situación financiera, de acuerdo con § 807 ZPO (Código Procesal Civil). En tal caso, tendremos asimismo derecho a exigir el pago anticipado o la prestación de garantías para realizar las entregas pendientes. En caso de que no se realice dicho pago por adelantado o prestación de garantías dentro de un plazo adecuado, tendremos derecho a retirarnos del contrato.

(7) No obstante cualesquiera términos y condiciones distintos implementados por el cliente, tendremos derecho a acreditar los pagos del cliente en primer lugar con cargo a sus deudas anteriores, a continuación, a los costes incurridos, a continuación, a los intereses y, por último, a la reclamación principal.


§ 5 comunitario sobre las importaciones

(1) En la medida en que el cliente tenga su domicilio legal fuera de la República Federal de Alemania, el cliente estará obligado a observar el Reglamento Europeo sobre impuestos a las importaciones. El cliente nos informará de su número de identificación fiscal y de cualquier cambio en el mismo, sin necesidad de solicitud específica por nuestra parte. A petición nuestra, el cliente divulgará información sobre su capacidad como empresario, su utilización y transporte de los bienes entregados, y asimismo para cumplir exigencias de comunicación de datos a efectos estadísticos.
(2) El cliente acuerda asimismo reembolsarnos por nuestro tiempo y por cualquier gasto en que incurramos en caso de falta de envío de información respecto del impuesto sobre las importaciones.
(3)

No responderemos de las consecuencias de falta de envío o fallos en la información relativa al impuesto sobre las importaciones, salvo que actuemos con dolo o culpa grave.


§ 6 Plazo de entrega

(1)

Los plazos de entrega acordados y el inicio del plazo de entrega dispuesto por nosotros se sujetarán a nuestra recepción en plazo de las entregas de nuestros sub-proveedores y subcontratistas. También será condición del cumplimiento de nuestro compromiso de entrega el cumplimiento puntual y debido del contrato por el cliente. Nos reservamos el derecho de defensa en caso de falta de cumplimiento de contrato.

(2) El caso de falta de aceptación de la entrega de los bienes por parte del cliente, o de violación de cualquier otro deber de cooperación, tendremos derecho a exigir el reembolso de cualesquiera daños incurridos en dicho contexto. Con sujeción a las condiciones anteriormente dispuestas, el riesgo de daños en o deterioro del objeto vendido pasará al comprador desde el momento en que incumpla su deber de aceptar la entrega de los bienes o desde el momento en el que incurra en mora.
(3)

Si el contrato de compraventa subyacente fuera un contrato en el cual el plazo sea esencial, tal y como se define en § 361 BGB ( Código Civil alemán ) o en § 376 HGB ( Código de Comercio Alemán ), responderemos conforme a las disposiciones legales. Responderemos asimismo de conformidad con las disposiciones legales en caso de que el comprador, debido a nuestro retraso en la entrega, tuviera derecho a alegar que ha caducado su interés en el cumplimiento del contrato. En cualquier caso, nuestra responsabilidad se restringirá a daños previsibles típicos de este tipo de contrato.

(4) También responderemos de conformidad con las disposiciones legales en caso de que la demora en la entrega se deba a un incumplimiento de contrato doloso o gravemente culpable dentro del ámbito de nuestra responsabilidad. Responderemos asimismo si dichos actos son realizados por nuestros representantes y agentes. En la medida en que dicha demora en la entrega no haya sido causada por un incumplimiento doloso del contrato dentro del ámbito de nuestra responsabilidad, nuestra responsabilidad se restringirá a los daños previsibles y típicos.
(5) También responderemos de conformidad con las disposiciones legales en caso de que la demora en la entrega dentro del ámbito de nuestra responsabilidad se deba a la violación culpable de obligaciones contractuales esenciales. En este caso, nuestra responsabilidad se restringirá a los daños previsibles y típicos.
(6) En la medida en que nuestra demora en la entrega se deba únicamente a la violación culpable de una obligación contractual no-esencial, el cliente tendrá derecho a reclamar el pago de una indemnización por demora en la entrega a un tipo fijo del 3% del valor de la entrega, que, no obstante, no podrá superar el 15% del valor de la entrega.


§ 7 Transporte – transmisión de riesgos

(1) La entrega se efectúa desde nuestro almacén por cuenta del comprador, y a su riesgo, salvo que figure otra cosa en el acuse de pedido. En caso de que se acuerde la entrega gratuita a domicilio, ello no afectará a la transmisión de riesgos.
(2) El riesgo pasará al cliente cuando el objeto vendido sea transmitido a la compañía de transporte, o salga de nuestro almacén para su envío. Si dicho envío se retrasara debido a circunstancias fuera del ámbito de la responsabilidad del cliente, el riesgo pasará al cliente desde el momento en que se le notifique que el bien está listo para ser enviado. En tal caso, no obstante, estaremos obligados a contratar los seguros que desee el cliente, a su costa. Asimismo tendremos derecho a facturar los costes de almacén, o una tarifa fija del 0,5% del valor de facturación e los bienes, por cada mes. En este caso, la cantidad adicional al precio del contrato será pagadera desde el momento en que los bienes estén listos para ser enviados.
(3) Aseguraremos la entrega contratando una póliza de seguro de transporte, a petición y a costa del cliente.


§ 8 Garantía por defectos

(1) La garantía del cliente se sujeta al requisito previo de que el cliente cumpla debidamente sus obligaciones de inspección y queja, según el §§ 377, 378 HGB
(2) Las quejas del cliente deberán ser recibidas por nosotros por escrito dentro de los cinco días laborables siguientes a la recepción de los bienes en el punto de destino. Cualesquiera defectos que no puedan encontrarse dentro de este plazo, incluso tras una meticulosa inspección, se comunicarán por escrito inmediatamente después de detectarse.
(3) En caso de un defecto comunicado en tiempo, podremos elegir entre el arreglo de la pieza defectuosa o la entrega de una pieza de sustitución. El cliente podrá presentar reclamaciones en cumplimiento de las garantías legales (cancelación de la venta o reducción del precio de compra) únicamente si fallara dicho arreglo o entrega de pieza sustitutiva. Es posible que elijamos que dicho arreglo sea llevado a cabo en un centro de servicio. Rembolsaremos cualesquiera gastos de arreglo incurridos y documentados, especialmente gastos de trasporte, de las reclamaciones de garantía justificadas, en la medida en que éstos no se hayan visto incrementados porque el objeto vendido haya sido transportado a un lugar distinto al lugar de cumplimiento.
(4) Para la presentación de reclamaciones en garantía, las piezas defectuosas, junto con una descripción exacta del defecto, incluyendo datos sobre el número de modelo y de serie, y una copia del albarán de entrega (o factura) entregados con la aplicación, se enviarán a nosotros o a nuestro centro de servicio.
(5) La aplicación, almacenamiento y utilización indebidas de los bienes, así como la manipulación no autorizada y la apertura de los mismos, darán lugar a la cancelación de la garantía. El cliente soportará el riesgo de cualesquiera datos suprimidos dentro del alcance de los trabajos de reparación de las aplicaciones defectuosas.
(6) Solamente estaremos ante una cualidad garantizada tal y como se define en § 459 BGB en caso de que denominemos expresamente por escrito dicha cualidad como “garantizada”. Sólo se hace referencia a los estándares DIN para la identificación exacta de los bienes, y ello no podrá interpretarse como una garantía de una cualidad por nuestra parte salvo que expresamente se acuerde dicha garantía.
(7) No obstante, si un artículo careciera de una cualidad garantizada, pagaremos una indemnización por daños causado por incumplimiento de conformidad con las disposiciones legales, según §§ 463, 480 BGB. Seremos responsables de los daños consecuenciales causados por defectos únicamente si la finalidad de dicha cualidad garantizada fuera expresamente la salvaguarda de nuestro cliente frente a dichos daños consecuenciales causados por dichos defectos.
(8) Responderemos de conformidad con las disposiciones legales en la medida en la que el cliente presente demandas por daños causados por dolo o culpa grave, incluido el dolo o culpa grave de nuestros representantes o agentes. En la medida en que no hayamos cometido una infracción dolosa del contrato, nuestra responsabilidad se restringirá a los daños previsibles y típicos.
(9) También responderemos de conformidad con las disposiciones legales en la medida en que realicemos una violación culpable de una obligación contractual esencial. No obstante, en este caso, nuestra responsabilidad se restringirá a los daños previsibles y típicos.
(10) _ En todos los demás casos, se excluye nuestra responsabilidad por daños, En concreto, no responderemos por daños que no haya sufrido el objeto vendido en sí. No se verán afectadas por esta cláusula las disposiciones obligatorias de la Ley de Responsabilidad por Productos.


§ 9 Derechos de Propiedad Industrial

  En la medida en que sea admisible, y salvo que se hubiera acordado otra cosa, no asumiremos responsabilidad alguna respecto de la no-infracción por parte de nuestros productos de derechos de propiedad industrial de terceros. El cliente acuerda notificarnos inmediatamente en caso de que llegue a su conocimiento tal infracción, o sufriera algún reproche en este sentido. Si los bienes entregados han sido construidos de acuerdo con los diseños o especificaciones del cliente, el cliente nos indemnizará respecto de cualquier reclamación presentada por terceros por infracción de derechos de propiedad industrial de terceros. Se pagarán por adelantado cualesquiera costas procesales.


§ 10 Responsabilidad

(1)

Cualquier responsabilidad por daños que se extienda más allá de la definida por nosotros en el § 8 de estos Términos y Condiciones será excluida, con independencia de la naturaleza de la reclamación presentada. Esto resultará de aplicación en particular a las reclamaciones por daños debidas a culpa in contrahendo, incumplimiento efectivo de contrato o responsabilidad aquiliana, tal y como se define en § 823 BGB. Las reclamaciones por daños debidos a imposibilidad de cumplimiento o imposibilidad subjetiva no se verán afectadas por esta disposición. Lo anterior también resultará de aplicación en la medida en la que la responsabilidad sea obligatoria debido a las disposiciones obligatorias de la Ley de Responsabilidad por Productos.

(2) En la medida en que nuestra responsabilidad resulte excluida o limitada, esta limitación será asimismo de aplicación a la responsabilidad personal de nuestros trabajadores asalariados, personal en nómina, representantes y agentes.


§ 11 Retención de derechos de propiedad

(1) Retendremos la propiedad del objeto vendido hasta la recepción de todos los pagos consecuencia de la relación de negocio con el cliente.
(2) El cliente estará obligado a manejar con cuidado el objeto vendido; en particular, estará obligado a asegurar debidamente el objeto vendido a su costa contra daños por incendio o inundación y contra robo, por su valor de sustitución. En la medida en la que sea necesario realizar trabajos de mantenimiento e inspección, el cliente los llevará a cabo a su costa a su debido tiempo.
(3) En caso de embargo y otras interferencias por parte de terceros, el cliente nos lo notificará inmediatamente en orden a permitirnos interponer una demanda de acuerdo con § 771 ZPO. Si el tercero no pudiera rembolsarnos los gastos judiciales y extrajudiciales de la demanda, de acuerdo con § 771 ZPO, el cliente responderá por nuestras pérdidas financieras.
(4) El cliente estará autorizado a revender el objeto vendido en el curso ordinario de sus negocios. No obstante, el cliente desde ahora nos cede todas las reclamaciones por importe del total de la factura de nuestra reclamación (IVA incluido) surgidas de la reventa del objeto vendido a sus compradores o a terceros, con independencia de que el objeto vendido se haya vendido en su estado original o después de un procesamiento adicional. La reclamación que nos cede de antemano el cliente guarda asimismo relación con el saldo reconocido, así como, en caso de insolvencia del comprador, con el saldo “causal” surgido. El cliente estará autorizado para cobrar esta deuda con posterioridad a la cesión. Nuestra autoridad para cobrar la deuda nosotros mismos no se verá afectada por ello. No obstante, acordamos no cobrar la deuda en tanto que el comprador cumpla sus pagos con los ingresos cobrados, mientras que el cliente no se demore en el pago y, en particular, no inicie un procedimiento concursal, o el cliente no deje de efectuar los pagos. No obstante, si se diera este caso, podremos pedirle al cliente que nos informe sobre las cuentas a cobrar cedidas y sobre sus deudores, nos proporcione todos los datos necesarios para el cobro, nos entregue toda la documentación necesaria e informe a los deudores (terceros) sobre dicha cesión.
(5) El procesamiento o transformación del objeto vendido siempre se realizará en nuestro beneficio. En caso de que el objeto vendido se combine con otros objetos que no estén en nuestra posesión, adquiriremos la co-titularidad sobre el nuevo objeto en la proporción que corresponda a la relación entre el valor del objeto vendido (importe total de la factura, IVA incluido) y los demás objetos procesados en el momento de su procesamiento. Las condiciones aplicables al objeto entregado sujeto a condición serán asimismo de aplicación al objeto creado mediante el procesamiento.
(6) Si el objeto vendido estuviera combinado de forma inseparable con otros objetos que no estuvieran en nuestra posesión, adquiriremos la co-titularidad sobre el nuevo objeto en la proporción que corresponda a la relación entre el valor del objeto vendido (importe total de la factura, IVA incluido) y los demás objetos combinados en el momento de dicha combinación. Si la combinación tuviera lugar con el efecto de que el objeto del cliente deba considerarse objeto principal, las partes acuerdan que el cliente nos cede la titularidad a prorrata sobre el mismo. Posteriormente, el cliente salvaguardará nuestra titularidad única o co-titularidad.
(7) Acordamos liberar los derechos de garantía a los cuales tenemos derecho, a petición el cliente, en la medida en la que el valor realizable de nuestras garantías exceda de las reclamaciones garantizadas en más de un 10%. Tenemos derecho a decidir liberar las garantías.


§ 12 Jurisdicción, lugar de cumplimiento, ley aplicable

(1) El lugar de jurisdicción para todas las disputas con comerciantes debidamente cualificados, tal y como se definen en el HGB, personas jurídicas en virtud del derecho público o fondos especiales residirá en Munich. Munich será asimismo la jurisdicción aplicable en caso de que el cliente no tenga foro propio, trasladase su residencia o domicilio habitual a un país extranjero tras la celebración del contrato, o si se desconociera su residencia o domicilio habitual en el momento de interponer la demanda. No obstante, estaremos autorizados para interponer demandas en el domicilio del cliente.
(2) El lugar de cumplimiento de nuestras entregas y demás cumplimientos, así como los pagos del cliente, será la sede de nuestro establecimiento principal.
(3) Estos Términos y Condiciones y todas las relaciones jurídicas entre nosotros y el cliente estarán sujetos a las leyes de la República Federal de Alemania. Se excluye la aplicación de la Ley Única sobre Compraventas de Bienes (EKG y EAG), así como la Convención sobre Compraventa Internacional de Bienes (CSIG).


§ 13 Cláusula de escape

  Si algunas cláusulas individuales del contrato fueran o pasasen a ser ineficaces en todo o en parte, o si no se hubiera considerado algún aspecto en este contrato, ello no afectará la validez de las restantes cláusulas. La cláusula ineficaz u olvidada será sustituida por una cláusula apropiada que, en la medida en que resulte legalmente admisible, más se acerque a la intención de las partes contractuales, o, de acuerdo con el diseño y la redacción de este contrato, la que habría sido su intención si hubieran sido conscientes de la cláusula ineficaz o inexistente. La versión alemana será la única con autoridad a la hora de interpretar estos Términos y Condiciones Generales.